“Creemos que el movimiento armado es el último procedimiento que deben emplear los ciudadanos y se justifica únicamente en circunstancias extremas, entre las que debe incluirse, en primera línea, la existencia de la dictadura. ¿Cuándo existe ésta? Cuando los mandatarios desconocen la Constitución y las leyes y violan francamente sus prescripciones…”
Pág 108.
Conflictos institucionales durante el primer gobierno radical 1916 – 1922, Mustapic, Ana María, Desarrollo Económico, 1984.
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lunes, 9 de agosto de 2010
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